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Fiscalidad internacional
Por Maître Marc Uzan, abogado fiscalista en París
Abogado de fiscalidad internacional en París: particulares y directivos
Abogado fiscalista del Colegio de Abogados de París desde 2008 – práctica exclusiva del derecho tributario, en particular la fiscalidad internacional
Resumen
- Para quién: directivos, emprendedores, particulares con activos en Francia y en el extranjero, expatriados e impatriados.
- Cuestión central: determinar si Francia le grava y de qué manera, y limitar la doble imposición gracias a los convenios fiscales internacionales.
- Obligaciones clave: en principio, declaración anual de las cuentas en el extranjero (formulario 3916) y de las rentas de fuente extranjera (formulario 2047).
- Riesgos: multas, regularizaciones tributarias y, en principio, plazo de comprobación ampliado a 10 años en caso de cuentas en el extranjero no declaradas.
- Acompañamiento: asesoramiento preventivo, regularización, optimización legal y defensa en inspección fiscal, con honorarios fundamentalmente a tanto alzado.
¿A quién se dirigen mis servicios de fiscalidad internacional?
- Profesionales y directivos de empresa, en particular al frente de grupos multinacionales o que desarrollan operaciones y actividades en el extranjero.
- Emprendedores con inversiones, estructuras u operaciones en varios países.
- Particulares que poseen activos o intereses financieros en Francia y en el extranjero.
- Expatriados que desean dar seguridad a su situación fiscal frente a Francia.
- Impatriados que se benefician o desean beneficiarse del régimen fiscal de los impatriados (artículo 155 B del CGI).
¿Cuáles son los retos de la fiscalidad en un contexto internacional?
- Legislaciones complejas y cambiantes: las normas evolucionan constantemente y resultan muy técnicas para los no especialistas.
- El riesgo de incumplimiento: un error puede, según los casos, acarrear sanciones económicas e incluso, en las situaciones más graves, acciones penales.
- Varios ordenamientos a la vez: cada caso exige dominar a la vez el derecho interno francés y los convenios fiscales.
Mi objetivo: analizar su situación a la luz del derecho tributario francés y de los convenios, para ayudarle a anticipar los riesgos y a limitar, en la medida de lo posible, las dificultades con la administración tributaria francesa.
¿Cuáles son las bases de la fiscalidad internacional?
En cuanto una persona tiene vínculos económicos con varios países (rentas, bienes, actividades), puede quedar sujeta a varios sistemas fiscales a la vez. Tres nociones estructuran el análisis:
- La residencia fiscal: en derecho francés, usted está domiciliado en Francia si tiene allí su hogar (foyer) o el lugar de su estancia principal, su actividad profesional principal o el centro de sus intereses económicos (artículo 4 B del Código General de Impuestos francés (CGI)). En principio, basta con un solo criterio, sin perjuicio de los convenios fiscales.
- La territorialidad del impuesto: un residente en Francia tributa en principio por su renta mundial; un no residente, solo por sus rentas de fuente francesa.
- Los convenios fiscales internacionales: reparten la potestad tributaria entre los Estados y prevén mecanismos (crédito fiscal, exención) para evitar la doble imposición.
Las normas varían según la naturaleza de la renta: rentas del patrimonio (dividendos, intereses, alquileres, plusvalías) o rentas de actividad (salarios, retribuciones). Una buena comprensión de estas normas puede, según los casos, permitir reducir legalmente la carga fiscal en Francia y anticipar las consecuencias de una sucesión o de una donación internacional.
¿Qué riesgos existen en caso de error u omisión?
- Cuentas en el extranjero no declaradas: en principio, multa de 1 500 € por cuenta y por año, elevada a 10 000 € cuando la cuenta está situada en un Estado o territorio que no haya celebrado con Francia un convenio de asistencia administrativa que permita el acceso a la información bancaria (artículo 1736 del CGI).
- Plazo de prescripción ampliado (délai de reprise): la administración dispone en principio de tres años para regularizar; este plazo se amplía a diez años, salvo excepciones, para las rentas vinculadas a cuentas o activos en el extranjero no declarados (artículo L169 del Libro de Procedimientos Fiscales (LPF)).
- Regularizaciones y recargos: una omisión o un desconocimiento de las normas puede dar lugar a una liquidación complementaria, intereses de demora y recargos.
Como cada situación debe analizarse antes de cualquier decisión, el criterio de un abogado permite valorar si una regularización espontánea puede ser adecuada; en algunos casos, puede permitir limitar las sanciones en comparación con una omisión descubierta durante una inspección.
¿Qué servicio elegir según su situación?
La tabla siguiente le orienta hacia la página dedicada a su situación. Los mismos ámbitos se presentan en forma de tarjetas justo después.
| Su situación | Cuestión principal | Servicio específico |
|---|---|---|
| Es usted objeto de una inspección sobre cuentas o rentas extranjeras | Procedimiento largo y complejo; regularizaciones importantes si se gestiona mal | Inspección fiscal de cuentas en el extranjero |
| Es titular de una cuenta bancaria, una cuenta de pago o una cuenta de activos digitales fuera de Francia | Tenencia legal, pero declaración anual en principio obligatoria (formulario 3916 / 3916-bis) | Cuentas en el extranjero |
| Recibe RSU, stock options o acciones gratuitas de una sociedad extranjera | Reparto de la ganancia entre Francia y el extranjero y opciones de tributación que deben estudiarse | RSU, stock options extranjeras |
| Posee un inmueble en el extranjero | Rentas que, en principio, deben declararse en Francia; según el convenio, crédito fiscal o exención con tipo efectivo | Inmueble en el extranjero |
| Percibe rentas de fuente extranjera | Declaración n.º 2047 y elección de las opciones adecuadas | Declaraciones de rentas extranjeras |
| Percibe intereses o dividendos extranjeros | En principio tributan en Francia; imputación del impuesto extranjero según el convenio | Intereses o dividendos extranjeros |
| Le paga un empleador extranjero o trabaja fuera de Francia | Evitar la doble imposición de los salarios | Salarios extranjeros |
| Deja Francia | Requisitos para perder la residencia fiscal; exit tax para determinados titulares de valores | Expatriación fiscal |
| Se instala en Francia para trabajar | Régimen de impatriados: puede ser ventajoso, siempre que se cumplan sus requisitos | Impatriación fiscal |
| Dona o recibe un bien con un elemento internacional | Impuestos en Francia según la residencia y la ubicación de los bienes; soluciones de reducción según el caso | Donación internacional |
| Hereda de un causante o bienes situados en el extranjero | Tributación en Francia según el domicilio del causante y de los herederos y la situación de los bienes; convenio o crédito fiscal según los casos | Sucesión internacional |
Ámbitos de actuación en fiscalidad internacional
Inspección fiscal: cuentas en el extranjero
Un procedimiento a menudo largo y complejo, que puede dar lugar a importantes regularizaciones: su preparación merece una atención especial
Más información →Cuentas en el extranjero
¡Es legal! Pero, en principio, deben declararse correctamente cada año
Más información →RSU, stock options, etc. extranjeras
Según los casos, algunas opciones pueden permitir aligerar su tributación en Francia
Más información →Inmueble en el extranjero
Según el convenio fiscal, crédito fiscal o exención en Francia
Más información →Declaraciones fiscales de rentas extranjeras
Según los casos, algunas opciones pueden resultar interesantes
Más información →Donación internacional
Según los casos, las reducciones y los convenios pueden disminuir los derechos adeudados en Francia
Más información →Expatriación fiscal
La salida de Francia tiene consecuencias fiscales francesas que conviene analizar con antelación (residencia fiscal, exit tax)
Más información →Impatriación fiscal
Un régimen que puede ser ventajoso, siempre que se cumplan sus requisitos
Más información →Intereses o dividendos extranjeros
En principio tributan en Francia, con un crédito fiscal según el convenio
Más información →Salarios extranjeros
Según el convenio, crédito fiscal o exención en Francia para evitar la doble imposición
Más información →Sucesión internacional
Tributación en Francia según los casos, con convenios y un crédito fiscal para limitar la doble imposición
Más información →Alquileres en el extranjero
Los alquileres extranjeros de un residente en Francia deben, en principio, declararse en Francia; según el convenio, crédito fiscal o exención con tipo efectivo
Más información →¿Cuánto cuesta un abogado de fiscalidad internacional?
Los honorarios varían según la complejidad de su situación, el tiempo que requiera el expediente, lo que esté en juego económicamente y la experiencia del abogado.
- Tanto alzado: para un encargo bien definido (declaración de rentas extranjeras, solicitud de consulta vinculante (rescrit), regularización de cuentas…).
- Tiempo dedicado: según una tarifa horaria acordada.
- Honorarios de resultado: a veces se proponen como complemento, en particular en litigios o regularizaciones tributarias.
Por mi parte, aplico fundamentalmente honorarios a tanto alzado: así el cliente conoce el coste de antemano. Comparar tarifas es legítimo, pero con un alcance equivalente: un análisis en profundidad de los convenios fiscales o de la organización patrimonial puede justificar un coste más elevado.
Lo que veo en mis expedientes
Sea cual sea el tema (sucesiones, RSU, impatriación, rentas o cuentas extranjeras), mis expedientes tienen un punto en común: lo que está en juego es importante y los convenios fiscales ofrecen a menudo exenciones u optimizaciones importantes. Pero estas normas son técnicas y siguen siendo poco conocidas por muchos servicios de la administración, que tiende a denegar lo que está mal presentado.
Mis clientes son particulares con vínculos en el extranjero: una familia, bienes o rentas en otro país. Los países que se repiten en mis expedientes son, en particular, los de la Unión Europea (sobre todo Alemania, España y Portugal), Suiza, el Reino Unido, Estados Unidos, Israel, China, Hong Kong y Singapur; en el caso de las cuentas en el extranjero, se suman cada vez más Argentina y Canadá.
Lo que más ha cambiado en los últimos años son los intercambios de información entre países: la administración recibe información de todo el mundo y la explota plenamente. En el contexto presupuestario actual, también se muestra cada vez más atenta a los activos mantenidos en el extranjero y a los trusts.
Lo que mis clientes lamentan con más frecuencia es no haber presentado declaraciones correctas, a menudo elaboradas por su cuenta a partir de información leída en internet, cuando había mucho en juego. Con la perspectiva del tiempo, la intervención de un abogado les habría costado poco en comparación con lo que estaba en juego, las regularizaciones y el estrés de una inspección. Lo digo sinceramente: en fiscalidad, ahorrar en asesoramiento resulta a menudo costoso, porque las regularizaciones pueden producirse muy deprisa y ser muy cuantiosas.
Lo que marca la diferencia es la preparación previa: un expediente optimizado, claro y sólido, que permita responder con sencillez a las preguntas de la administración. Las páginas dedicadas a cada tema detallan lo que observo: sucesiones internacionales, RSU y stock options, impatriación, rentas extranjeras y cuentas en el extranjero.
¿Por qué recurrir a un abogado fiscalista?
- En el Colegio de Abogados de París desde 2008: cientos de situaciones tratadas en fiscalidad internacional, con capacidad de respuesta y disponibilidad.
- Cuentas en el extranjero: análisis de la situación y, cuando proceda, acompañamiento en las regularizaciones, para limitar en la medida de lo posible las liquidaciones y las sanciones.
- Sucesiones y donaciones internacionales: análisis de los derechos adeudados en Francia, de los convenios y de las posibilidades legales de reducirlos.
- RSU, stock options, acciones gratuitas: a menudo atribuidas por una sociedad extranjera del grupo; análisis de los regímenes y de las opciones de tributación en Francia.
- Inspección fiscal: asalariado de una sociedad extranjera o en régimen de portage salarial, freelance con estructura en el extranjero, perceptor de rentas extranjeras: defensa argumentada para reducir el riesgo de regularización.
Le acompaño en sus obligaciones fiscales en Francia teniendo en cuenta sus bienes y rentas a escala internacional, con un seguimiento constante de la evolución legislativa y de los convenios fiscales. Para exponer su situación, puede solicitar una cita.
FAQ
¿Debo declarar una cuenta en el extranjero aunque apenas la utilice?
En principio, sí. Las cuentas abiertas, mantenidas, utilizadas o cerradas en el extranjero durante el año deben, en principio, declararse junto con la declaración de la renta, en el formulario 3916 (3916-bis para las cuentas de activos digitales), salvo excepciones limitadas.
En principio, la obligación rige aunque la cuenta no genere ninguna renta. De lo contrario, puede aplicarse una multa por cada cuenta no declarada.
¿Soy residente fiscal en Francia si trabajo en el extranjero?
No necesariamente. En principio, basta con cumplir uno solo de los criterios del artículo 4 B del CGI (hogar o estancia principal, actividad principal, centro de intereses económicos) para ser considerado domiciliado en Francia, sin perjuicio de los convenios fiscales.
Si otro Estado también le considera residente, el convenio fiscal aplicable permite, en principio, determinar el Estado de residencia según criterios sucesivos.
¿Debe declararse en Francia una renta que ya ha tributado en el extranjero?
Por regla general, sí, si usted es residente fiscal en Francia. Se declara en particular en el formulario 2047 y, después, en la declaración de la renta.
Según el convenio, Francia concede un crédito fiscal o exime la renta, aunque la tiene en cuenta para calcular el tipo efectivo.
¿Cómo se fijan sus honorarios?
Trabajo fundamentalmente a tanto alzado, fijado tras examinar su situación y el alcance del encargo. Así conoce usted el coste de antemano.
Glosario
Residencia fiscal: Estado en el que un contribuyente tributa por la totalidad de su renta mundial.
Convenio fiscal: Tratado entre dos Estados que reparte la potestad tributaria y evita la doble imposición.
Crédito fiscal convencional: Importe imputado sobre el impuesto francés para tener en cuenta el impuesto pagado en el extranjero, según el convenio.
Formulario 3916: Declaración anual de las cuentas abiertas, mantenidas, utilizadas o cerradas fuera de Francia.
Exit tax: Tributación de las plusvalías latentes de determinados valores con ocasión del traslado del domicilio fiscal fuera de Francia (artículo 167 bis del CGI).
Para saber más
- Artículo 4 B del CGI: criterios del domicilio fiscal en Francia.
- Artículo 1649 A del CGI y BOI-CF-CPF-30-20: obligación de declarar las cuentas en el extranjero.
- Artículo 1736 del CGI y BOI-CF-INF-20-10-50: multas en caso de falta de declaración.
- Artículo L169 del LPF: plazo de prescripción de la administración.
- Artículos 155 B y 167 bis del CGI: régimen de impatriados y exit tax.
- Artículo 750 ter del CGI: territorialidad del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
- Formularios 2047 y 3916: rentas de fuente extranjera y cuentas en el extranjero (impots.gouv.fr).
- Tengo rentas extranjeras: ¿qué declaraciones debo presentar en Francia?
- Tengo cuentas en el extranjero: ¿cómo declararlas?
- Inspección fiscal: ¿cómo defenderse?
Artículos para profundizar
- ¿Se puede ser residente fiscal en 2 países?
- ¿Cómo acreditar la residencia fiscal en el extranjero?
- Cambio de residencia fiscal a lo largo del año: trámites y consecuencias
- Tabla de convenios fiscales
- Los convenios fiscales internacionales, ¿qué son? ¿Para qué sirven?
- Fiscalidad internacional: ¿cuándo tributa una sociedad en Francia?
