Cuando se es residente fiscal en Francia, se deben pagar impuestos por todas las rentas con independencia de su procedencia en el mundo (con algunas excepciones derivadas de los convenios fiscales internacionales).
Cuando se es residente fiscal en el extranjero y, por tanto, no residente fiscal en Francia, solo tributan las rentas de fuente francesa.
Existe, por tanto, una gran diferencia entre ambas condiciones.
Definir la residencia fiscal en el extranjero
El Código General de Impuestos francés (Code général des impôts, CGI) define el lugar de residencia fiscal como el lugar donde una persona tiene su hogar permanente o bien el lugar donde ejerce su actividad profesional o bien el centro de sus intereses económicos (art. 4 B del CGI). Una persona también se considera residente fiscal en Francia si reside en ella más de 183 días a lo largo de un año natural. No obstante, esta regla puede variar en función de los convenios fiscales internacionales.
Los justificantes para acreditar la residencia fiscal en el extranjero
Para acreditar la residencia fiscal en el extranjero, puede aportarse uno de los siguientes justificantes:
– Una liquidación del impuesto procedente del país de residencia fiscal (debe indicar el número fiscal);
– Un certificado de residencia fiscal expedido por la administración del país en cuestión (debe tener menos de 3 meses de antigüedad e incluir el número fiscal);
– El formulario CERFA 5000-FR del año en curso, que debe estar firmado por la administración tributaria del país de residencia principal;
– Un certificado expedido por una autoridad fiscal local que recoja las menciones del formulario francés CERFA 5000-FR.
Las autoridades fiscales del país en el que usted es residente fiscal pueden solicitar estos documentos, que pueden variar según los países.
Por tanto, es importante informarse sobre los documentos exigidos en cada país.
Atención: una simple factura de agua o de electricidad no permite acreditar la residencia fiscal en un país.
Los convenios fiscales internacionales
Los convenios fiscales internacionales tienen por objeto definir las normas fiscales aplicables a las personas que residen en dos países diferentes.
Estos convenios permiten evitar la doble imposición determinando el país en el que debe pagarse el impuesto.
En Francia, por ejemplo, las personas residentes fiscales en el extranjero que perciben rentas de fuente francesa deben, en principio, presentar una declaración en Francia, además de la que corresponda en el país en el que residen.
Sin embargo, Francia ha firmado convenios fiscales con numerosos países, lo que permite evitar la doble imposición mediante la aplicación de normas particulares.
Los medios de prueba en el marco de los convenios fiscales internacionales
Los convenios fiscales internacionales establecen normas específicas para acreditar la residencia fiscal en el extranjero. Así, si no es posible aportar el formulario CERFA 5000-FR, en ocasiones puede bastar con aportar los siguientes justificantes:
– Un contrato de trabajo o nóminas en el extranjero;
– Documentos que acrediten la matrícula en un centro educativo o en una universidad en el extranjero; – Extractos de cuentas bancarias en el extranjero;
– Facturas de electricidad, teléfono, agua, gas o alquiler en el extranjero.
Es importante subrayar que cada convenio fiscal internacional puede tener sus propias normas.
Acreditar la residencia fiscal en el extranjero puede ser un proceso complejo, pero es esencial para evitar cualquier confusión fiscal. Es importante remitirse a los convenios fiscales internacionales y aportar pruebas sólidas a la Administración.
Y para evitar cualquier error, dado que los convenios fiscales suelen resultar incomprensibles para los no iniciados, se aconseja contar con el acompañamiento de un abogado especialista en derecho tributario.






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