Declaraciones inexactas, errores, omisiones o fraudes deliberados: los programas informáticos de la Dirección General de Finanzas Públicas (DGFiP) son cada vez más eficaces. Alertan a los agentes encargados de las irregularidades, quienes pueden entonces decidir iniciar una investigación en profundidad, denominada examen contradictorio de la situación fiscal personal.
Los controles fiscales también afectan a los particulares: los avisos de Examen de la Situación Fiscal Personal no son algo trivial y deben tomarse en serio.
Habitualmente, las comprobaciones se realizan a distancia: si no se aprecia ninguna anomalía o si el aviso no es fiable, el procedimiento termina ahí.
Si, por el contrario, recibe por correo postal el famoso formulario de solicitud de información n.º 754 o 2172, y su recordatorio, el formulario 2172b, es hora de reaccionar.
¿Cómo limitar las regularizaciones fiscales y afrontar este procedimiento con serenidad?
Consulte esta guía del examen contradictorio de la situación fiscal personal (ESFP): en ella se recorren las etapas del control de los particulares y se resume todo lo que es importante saber.
¿Qué es un control de la situación fiscal personal?
Hacienda no está satisfecha: se han señalado numerosas deficiencias durante el estudio de su expediente en las oficinas de la administración tributaria. Un agente ha examinado su caso y ha centralizado toda la información de la que Hacienda ya dispone sobre usted. Ha encontrado numerosas incoherencias o anomalías. Necesita ver con más claridad su situación fiscal: inicia un examen de la situación fiscal personal. Esto le permitirá reunirse con usted en sus dependencias en varias ocasiones, para hacerle preguntas y pedirle otros documentos e información.
Más concretamente, así es como se desarrolla este procedimiento en la mayoría de los casos:
Un examen fiscal documental (es decir, en las oficinas de Hacienda, sin el contribuyente) no concluyente que da lugar a una solicitud de información complementaria
Las cartas 752 (invitación a remitir justificantes concretos) o 754 (información complementaria sobre la situación familiar, el lugar de residencia y las fuentes de ingresos…) enumerarán los puntos que deben aclararse y los documentos que deben aportarse.
No haga esperar a la administración, no le gusta… Tanto más cuanto que obstaculizar a sabiendas el control le haría pasar automáticamente a la categoría de «defraudadores», lo que puede conllevar una estimación de oficio de las bases y un recargo del 100 % de los derechos reclamados (art. L74 del Libro de Procedimientos Fiscales (LPF) y art. 1732 del Código General de Impuestos francés (CGI)) y desencadenaría casi automáticamente la segunda etapa: el control fiscal de la situación personal. Si es necesario, póngase en contacto con un abogado fiscalista.
Los errores habituales (olvido o desconocimiento de la ley) se comunican mediante un simple formulario n.º 2120: pague su deuda si le parece justificada, o impúgnela en caso contrario, y el asunto quedará archivado.
Los formularios 752 y 754 reflejan otra intención de Hacienda: saber más sobre su situación fiscal.
ESFP: cuando Hacienda se inmiscuye en su vida privada y en sus cuentas bancarias
Una verdadera investigación financiera, que no se lleva a cabo en su domicilio, sino en las dependencias de la DGFiP.
Los agentes compararán todas sus declaraciones y sus gastos, examinarán minuciosamente sus cuentas bancarias y el origen de todos los bienes de su unidad familiar a efectos fiscales.
Aunque el correo electrónico se ha generalizado, la fecha de inicio del control se comunica por carta certificada con acuse de recibo. Revise sus archivos y aparte los documentos que interesarán al inspector. Prepare un expediente preciso, conciso y práctico, especialmente para la entrevista. Un profesional podrá ayudarle.
Calmar los ánimos desde el principio es crucial para usted.
Las explicaciones y los documentos aportados en la primera cita son, por tanto, fundamentales.
Consejos para superar con éxito un examen de la situación fiscal
Seamos claros: si Hacienda ha iniciado este control, que es un procedimiento de control pesado y exhaustivo (varias citas en las oficinas de Hacienda, solicitudes de numerosos documentos adicionales…), es porque Hacienda considera que usted es, por decirlo de forma sencilla, un defraudador, y que tiene la intención de imponerle finalmente regularizaciones fiscales.
Sin embargo, los inspectores no son sus enemigos. Simplemente hacen su trabajo.
Procure mantener siempre un clima cordial y respetuoso.
Procure, además, disponer de explicaciones claras y tangibles. Los agentes encargados de los ESFP son sensibles a ello.
Prepare los documentos importantes y reflexione sobre el motivo del control
¿Por qué le controlan? Es la primera pregunta que debe plantearse, ya que así podrá anticipar las preguntas de Hacienda y preparar su defensa.
El objetivo ideal es blindar su defensa desde el principio o, en el peor de los casos, ganar tiempo, así como evitar irritar al agente de Hacienda con explicaciones aventuradas que reforzarán su convicción de que usted actúa de mala fe.
Póngase en su lugar: los argumentos del tipo «Pero yo no sabía que había que… No he sido yo… Estoy en una situación económica muy difícil en este momento… Si hice eso fue porque estaba económicamente con el agua al cuello…», los oye todos los días. Y ninguno de estos argumentos tiene nada de jurídico, por lo que no tendrán ningún peso.
Sea claro en cuanto a los hechos y ármese de argumentos jurídicos.
Mantenga la cortesía
Nóminas, seguros de vida, contratos de arrendamiento, inversiones, órdenes de transferencia, escrituras notariales, justificantes de empleo, facturas de EDF/GDF, preguntas interminables sobre su situación: prepárese para que su vida cotidiana sea examinada con lupa.
No es agradable, y resulta muy estresante para algunos contribuyentes, pero evite a toda costa cualquier salida de tono con el agente encargado del control; solo podría perjudicarle.
Documentos que acrediten su buena fe
El examen de la situación fiscal personal tiene como finalidad recabar sus explicaciones y obtener documentos que Hacienda no tiene o que podría obtener, pero solicitándolos oficialmente por escrito (a los bancos, a su empleador… lo que requiere tiempo y trámites adicionales). Por tanto, es preferible aportar esos documentos, que Hacienda podrá obtener de todos modos tarde o temprano, y mostrarse transparente, que no facilitarlos y aparecer como poco cooperativo.
Así pues, es importante preparar un expediente con todos los documentos pertinentes. Estos documentos respaldarán sus explicaciones y demostrarán lo que usted afirma.
¿Cómo se desarrolla el ESFP?
En primer lugar, se le invita a reunirse con un agente que suele tener el rango de inspector de Finanzas Públicas, en las dependencias de la administración tributaria, para una primera cita. Se le pide que acuda a esta primera cita con toda una lista de documentos, en particular la lista de sus cuentas bancarias, sus extractos de los últimos tres años, la relación de su patrimonio y sus documentos de identidad.
Esta primera cita es crucial. Hay que demostrar al agente encargado del control que usted actúa de buena fe, que su gestión se ha ajustado en líneas generales a las normas legales y que dispone de diversos justificantes que respaldan su versión de los hechos.
Durante todo el ESFP (que suele durar alrededor de 6 meses) es imprescindible responder a los distintos requerimientos orales (teléfono, citas…) y, al mismo tiempo, blindar el expediente mediante gestiones por escrito. Conserve una copia y los justificantes de envío de todas sus cartas.
Compruebe la conformidad del procedimiento
Es algo muy técnico, y es probable que usted no tenga los conocimientos necesarios para ello, pero es extremadamente importante.
El procedimiento que debe seguir el agente es estricto y complejo. Por lo general, el agente presta atención a ello. El nerviosismo que a menudo se percibe en el agente sobre esta cuestión muestra hasta qué punto es fácil cometer un error de procedimiento.
Ejemplos de errores de procedimiento durante un ESFP (¡aunque existen muchísimos otros, que varían, por supuesto, en función de la situación concreta del contribuyente inspeccionado!)
- Retención de los documentos originales del contribuyente
- Falta de invitación a hacerse asistir por un asesor
- Falta de indicación de que la carta del contribuyente puede consultarse en internet o serle entregada si la solicita
- Propuesta de regularización fuera de plazo
- Envío de los formularios 2172 a una dirección errónea o falta de acuse de recibo
- Regularizaciones insuficientemente motivadas (tanto en cuanto a los hechos como desde el punto de vista legal)
- Reuniones con Hacienda en número insuficiente o de duración insuficiente (Hacienda debe establecer un debate contradictorio: es decir, debe poder demostrar que le ha escuchado lo suficiente y le ha dado la oportunidad de exponer su versión de los hechos)
- Mezcla de procedimientos: Hacienda le controla a usted como particular pero, por ejemplo, se pone a examinar la contabilidad de su sociedad
- Vicio de procedimiento relacionado con el intercambio internacional de información: Hacienda solicita a un Estado extranjero información sobre usted pero no se lo comunica oficialmente, es decir, por escrito
- Etc… La lista es larga y varía según los casos
Como habrá comprendido, un paso en falso y el conjunto de las regularizaciones finalmente aplicadas podría anularse.
Si considera que lo que está en juego económicamente es importante, recurra a un profesional de la fiscalidad, como un abogado fiscalista, para que le asista.
Los exámenes de la situación fiscal personal y las regularizaciones son posibles, en principio, hasta el final del tercer año siguiente a aquel por el que se devenga el impuesto (art. L169 del LPF), plazo que puede ampliarse a 10 años en determinados casos (actividad oculta, cuentas en el extranjero no declaradas…). El incumplimiento de estos plazos constituye un vicio de procedimiento. Huelga decir que, para beneficiarse de este derecho, debe estar al corriente en sus declaraciones de ingresos.
Un error de anotación o un cruce de fechas no válido, y el control podría quedar viciado por un «defecto de forma».
La ausencia de un debate contradictorio equitativo y objetivo también puede dar lugar a un vicio de procedimiento. Dado que este último es difícil de demostrar, es preferible recurrir a un especialista en derecho tributario.
Estas sutilezas legales a menudo dan resultado, así que ¿por qué privarse de ellas? Si sus declaraciones de la renta están cumplimentadas razonablemente, y teniendo en cuenta las tolerancias fiscales, no hay ningún motivo para preocuparse. En caso de errores o de una mala comprensión de las leyes, como hemos visto, se le propondrán medios de defensa eficaces… siempre que, por supuesto, se informe o pida consejo a un profesional.
Estudie a fondo las circulares y publicaciones ministeriales: constituyen un soporte admisible en caso de litigio.
Y, sobre todo, recuerde que esconder la cabeza como el avestruz es la peor defensa. Responda a las cartas, llamadas y correos electrónicos, acuda a las reuniones propuestas por Hacienda y aporte los documentos requeridos.
Si no lo hace, facilitará enormemente la tarea del inspector, que podrá imponerle regularizaciones denominadas de oficio. Le resultará mucho más rápido y no tendrá que molestarse en reunirse con usted, escucharle, construir ataques coherentes, enviar cartas, preparar su expediente…
Responder presente, con una buena defensa, es con diferencia la mejor estrategia para complicar drásticamente la tarea del inspector, tanto en cuanto al fondo como en términos de procedimiento, y, a menudo, reducir el importe de las regularizaciones.
Nuestro despacho de abogado fiscalista puede asistirle.






0 comentarios