Cuando un contribuyente francés cumplimenta el formulario n.º 2042 para declarar sus ingresos anuales, la Administración tributaria francesa le propone en algunos casos, además, declarar sus cuentas en el extranjero cumplimentando el formulario 3916.
La declaración de la renta incluye varias novedades que los particulares no han comprendido de inmediato. La mayoría de los contribuyentes han observado que la casilla «Cuenta en el extranjero» estaba premarcada y que parecía imposible desmarcarla.
Atención: Hacienda recibe automáticamente información de los bancos extranjeros.
Es el sistema myPOS de Hacienda francesa.
¿La casilla de cuenta en el extranjero, imposible de desmarcar?
Cuando cumplimenta su declaración de la renta en línea, a veces le sorprende comprobar que, en el paso 3 dedicado al apartado «Diversos» (Divers), la casilla relativa a las cuentas mantenidas en el extranjero está marcada y en gris: es decir, que es imposible desmarcarla con un simple clic.
Usted intenta, sobre todo cuando no posee (o cree no poseer) ninguna cuenta en el extranjero, encontrar la manera de desmarcar esta casilla.
Por lo general, piensa que se trata de un error de la Administración tributaria francesa o de un fallo informático. Existe una manera de desmarcar esta casilla, si así lo desea (véase al final del artículo).
Pero la pregunta más importante es: ¿por qué se ha premarcado esta casilla?
No se debe al azar ni, salvo excepción, a un error de la Administración tributaria francesa. En la gran mayoría de los casos, esta casilla se ha premarcado porque la Administración tributaria francesa dispone de información según la cual usted dispondría de una o varias cuentas en el extranjero.
Por supuesto, puede que usted sea el titular directo de la cuenta, pero también que tenga un poder sobre una cuenta extranjera o que sea su beneficiario económico.
El contexto internacional de intercambios automáticos de información, vigente desde hace algunos años, permite a Hacienda detectar, en determinados casos, cada vez más numerosos, a los contribuyentes que tienen cuentas en el extranjero.
¿Cuál es el impacto de estas nuevas organizaciones en el sistema francés de declaración fiscal?
Antes de desmarcar esta casilla, se recomienda informarse bien para saber si usted no es titular de una cuenta en un banco extranjero.
Una mirada detallada a los elementos que aparecen en los apartados que nos interesan
Cuando llega al paso 3 del formulario de declaración, ve en la línea «ingresos y gastos» (revenus et charges), en el apartado «diversos», que la casilla «Cuentas en el extranjero, recuperación de reducciones o de crédito fiscal» (Comptes à l’étranger, reprise de réductions ou de crédit d’impôt) ya está marcada. En esta fase, no se sabe si esta casilla está marcada por una cuenta mantenida en el extranjero, por recuperaciones de reducciones o incluso por un crédito fiscal.
Cuando sitúa el cursor del ratón sobre el signo de interrogación que se encuentra en esta línea, aparecen una decena de líneas de información sobre los distintos apartados de la declaración relativos a las cuentas y a los ingresos extranjeros. Un poco más abajo, hay otra línea sobre las recuperaciones de reducciones o de crédito fiscal.
Una vez que accede a la página de declaración de las cuentas financieras abiertas, mantenidas o cerradas en el extranjero, verá aparecer en la pantalla la lista de sanciones aplicables en caso de no declaración de una cuenta bancaria, de contratos de capitalización, de seguro de vida y de cualquier otra forma de inversión en el extranjero.
Las sanciones están previstas en:
• El artículo 1649 AA y el artículo 1766 del Código General de Impuestos francés (Code Général des Impôts, CGI): se prevé una multa de 1.500 euros por contrato de seguro de vida suscrito con una entidad en el extranjero que haya sido modificado o que haya sido objeto de una o varias operaciones de reembolso durante el ejercicio fiscal. Este importe puede aumentar a 10.000 euros si se trata de un contrato abierto en un Estado que no haya firmado con Francia un convenio de asistencia administrativa en el marco de la lucha contra el fraude y la evasión fiscal. Este convenio se establece para facilitar el acceso a la información sobre las cuentas bancarias;
• Los artículos 1649 A y 1736 IV del Código General de Impuestos francés: si una cuenta bancaria creada, mantenida, utilizada o cerrada en el extranjero no se declara, el contribuyente debe pagar una multa de 1.500 euros. Esta suma puede elevarse a 10.000 euros cuando la cuenta se ha creado, mantenido, utilizado o cerrado en un Estado que no ha firmado un acuerdo con Francia para que la información bancaria sea accesible;
• El artículo 1729-0 A del Código General de Impuestos francés: en principio se aplica un recargo del 80 % cuando el contribuyente no respeta la obligación de declaración de cuenta o de contrato de capitalización o de inversión de la misma naturaleza (seguro de vida) y no declara los ingresos y el patrimonio correspondientes.
Si las cuentas en el extranjero están vinculadas a una cuenta abierta en Francia para poder efectuar o cobrar pagos de compras o de ventas de bienes, no está obligado a declararlas si el importe de los cobros anuales abonados en la cuenta y las sumas relativas a dichas ventas no superan 10.000 euros.
Así, pueden darse tres casos:
• No es titular de ninguna cuenta en el extranjero;
• Quizá haya tenido, en algún momento, una cuenta en el extranjero, pero no está seguro (por ejemplo, se pregunta si no dispondría de un poder sobre la cuenta de un allegado, o si es su beneficiario económico, o se pregunta si no se trataría de su cónyuge…);
• Es titular de una o varias cuentas extranjeras
No es titular de ninguna cuenta extranjera
Puede desmarcar la casilla (véase el procedimiento al final del artículo)
No sabe si dispone o no de una cuenta extranjera
En ese caso, debe informarse para asegurarse.
Es posible que sea cliente de un «neo»banco extranjero, lo que explica que la casilla esté marcada (N26, Revolut…).
Es titular de una cuenta extranjera
Las normas fiscales relativas a la declaración de las cuentas en el extranjero están previstas en el artículo 1649A del Código General de Impuestos (CGI), que obliga a declarar las cuentas en el extranjero; paralelamente, en el marco del intercambio automático de información (NCD/CRS), las entidades financieras de los Estados participantes comunican a su administración, que la transmite a Francia, la información sobre las cuentas de los residentes franceses;
– La segunda declaración debe efectuarla el contribuyente domiciliado o establecido en Francia que haya realizado operaciones en el extranjero.
La obligación de declaración afecta a:
– Toda persona física, a título personal o con un poder, o bien a título profesional. En caso de ejercicio de una actividad profesional, debe indicar su SIRET en su declaración;
– Las asociaciones y las fundaciones, y ello, en principio, cualquiera que sea el régimen jurídico o fiscal elegido;
– Las sociedades que no tienen forma mercantil, como las SCI (sociedades civiles inmobiliarias).
Las sociedades mercantiles de capital no están afectadas por esta obligación de declaración.
Las personas que no tienen su domicilio fiscal en Francia no están sujetas a esta obligación de declaración.
Recordemos que las cuentas que deben declararse son las creadas, mantenidas o cerradas en el extranjero durante el año anterior. La obligación de declaración no afecta a las cuentas que cumplen las siguientes condiciones:
– Las cuentas abiertas en el extranjero y vinculadas a otra cuenta en Francia con el fin de efectuar pagos de compras o cobros relativos a ventas de bienes;
– y cuyos cobros anuales relativos a las ventas no superan 10.000 euros (estas condiciones son acumulativas).
¿Qué hacer cuando la casilla «Cuenta en el extranjero» está premarcada?
Antes de desmarcar la casilla «Cuenta en el extranjero», se recomienda encarecidamente comprobar bien si realmente no tiene ninguna cuenta en el extranjero. En efecto, con el sistema de intercambio automático de información bancaria entre varios países, la Administración tributaria francesa dispone cada vez con más frecuencia de información relativamente precisa sobre la titularidad de una o varias cuentas en el extranjero. Es precisamente por esta razón por la que esta casilla se ha premarcado.
Con el desarrollo de los bancos en línea, resulta más fácil abrir una cuenta bancaria en un neobanco como Revolut, N26 o Monese, no establecido en Francia. Es posible que también haya abierto una cuenta en una empresa de crowdfunding que haya depositado sus haberes en una cuenta abierta a su nombre en un banco en el extranjero. Las cuentas mantenidas en el extranjero también pueden ser las que Airbnb propone a sus miembros para beneficiarse de soluciones de pago a menor coste. Los miembros poseen así una cuenta bancaria en Gibraltar. No hay que olvidar que una cuenta PayPal es también una cuenta bancaria mantenida en el extranjero. Así pues, se recomienda encarecidamente analizar bien todas las cuentas que haya abierto antes de indicar que no tiene ninguna cuenta en el extranjero.
Si está seguro de que no posee ninguna cuenta en el extranjero o de que las cuentas que tiene no están sujetas a la obligación de declaración, puede elegir entre las siguientes opciones:
– Declarar las cuentas para garantizar la transparencia y asegurarse de no verse envuelto en un litigio fiscal (usted cree que no tiene que declarar estas cuentas, pero, como las normas pueden ser bastante complejas, ¿es realmente correcto su análisis?); en ese caso, puede cumplimentar el formulario n.º 3916;
– No hacer ninguna declaración y desmarcar la casilla «Cuenta en el extranjero».
¿Cómo desmarcar la casilla?
Si ha optado por no hacer ninguna declaración porque no ha mantenido ni cerrado ninguna cuenta en el extranjero durante el año anterior, estos son los pasos que debe seguir para desmarcar la casilla «Cuenta en el extranjero» del apartado «diversos» del formulario 2042.
La mayoría de los contribuyentes no consiguen desmarcar esta casilla premarcada y en gris.
Vaya al paso 3 de la declaración 2042 para encontrar el botón «Déclarations ANNEXES» (declaraciones anexas).
Al hacer clic en este botón, accede a todos los formularios anexos y puede entonces desmarcar la línea «Déclaration par un résident d’un compte ouvert hors de France» (declaración por un residente de una cuenta abierta fuera de Francia).
Una vez desmarcada esta línea, comprobará que la casilla «Cuenta en el extranjero» queda efectivamente desmarcada. A continuación, puede seguir cumplimentando el formulario n.º 2042.
Tengo una cuenta extranjera, ¿cómo regularizar mi situación?
La titularidad de cuentas bancarias extranjeras suele estar ligada a una historia personal o familiar.
Lo mismo ocurre con el patrimonio inmobiliario en el extranjero, que con bastante frecuencia acompaña a la titularidad de una cuenta extranjera.
La regularización comprenderá varios aspectos importantes.
El origen de los fondos
La Administración tributaria francesa presta mucha atención a este punto: el origen de los fondos. Deberá poder probar el origen de los fondos, es decir, disponer de una serie de documentos que acrediten el origen de los fondos.
El ISF y el IFI
El plazo de prescripción (délai de reprise) es de 10 años. Es decir, hay que examinar, para cada uno de los diez últimos años, si la toma en consideración de los haberes extranjeros (cuentas y bienes inmuebles, así como cualquier otro haber imponible) da lugar o no a cuotas adicionales de ISF y de IFI.
El impuesto sobre la renta
Los haberes situados en el extranjero han generado muy a menudo rendimientos. Las cuentas bancarias han generado muy a menudo intereses/dividendos/plusvalías y los bienes inmuebles, si se han alquilado, han generado rentas de alquiler.
Aunque estos rendimientos a menudo ya han tributado en el extranjero, debían declararse cada año en Francia. El plazo de prescripción es en principio de 10 años, salvo si el total de los saldos acreedores de las cuentas en el extranjero se ha mantenido por debajo de 50.000 € durante todo el año, en cuyo caso el plazo se reduce a 3 años. Habrá que rehacer todas las declaraciones omitidas desde hace 3 o 10 años, según los casos.
Las multas
En la mayoría de los casos serán de 1.500 €/año y por cuenta, durante 4 años.







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